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Seguro de Accidentes

El seguro Seguro de Accidentes

Es ideal para generar tranquilidad al saber que se cuenta con los recursos en el momento donde más se necesite.

Costo anual $1,788 M.N.

HOLDING, pensando en el bienestar tuyo y en el de tu familia, ha creado un producto junto con Seguros Argos de protección accesible al bolsillo, con cobertura inmediata, sin exámenes médicos, para darte tranquilidad.

COBERTURAS

Gastos Funerarios
$50,000
Muerte Accidental
$200,000
Invalidez por Accidente
$200,000
Renta Diaria por Hospitalización a Causa de Accidente
$2,000
Fractura de Huesos
$20,000
Quemaduras Graves
$20,000
Anticipo por Enfermedad Terminal
Se anticipará hasta el 50% de la suma asegurada

INFORMACIÓN GENERAL

  • Identificación oficial
  • Comprobante de domicilio
  • Instrumento de pago
  • Temporalidad: 1 año.
  • Suma Asegurada: Los beneficiarios recibirán $200,000 en caso de muerte accidental del Asegurado y $50,000 adicionales por concepto de Gastos Funerarios. Por su parte, el Asegurado recibirá $20,000 en caso de invalidez total y permanente a causa de accidente; $2,000 de renta diaria por hospitalización a causa de un accidente; $20,000 en caso de fractura de huesos; $$20,000 en caso de quemaduras graves; y un anticipo de Suma Asegurada en caso de una enfermedad terminal.
  • Forma de pago: Mediante tarjeta de crédito (excepto AMEX) y/o tarjeta de débito (con pago anual).
  • Periodo de pago: Mensual, Trimestral o Anual.
  • Requisitos:
    • El Asegurado deberá residir en la República Mexicana.
    • Contratación mediante la plataforma de emisión digital SEI Móvil de Seguros Argos.
  • Moneda: Disponible en moneda nacional.
  • Renovación: Automática
  • Gastos Funerarios: Apoyo económico otorgado a los beneficiarios en un lapso de 24 horas solo presentando el certificado de defunción.
  • Muerte Accidental: En caso del que el asegurado fallezca por causa ajena, externa, súbdita, fortuita o violenta durante la vigencia del seguro, se realizará el pago de la suma asegurada a los beneficiarios designados.
  • Invalidez por Accidente: Pago al asegurado, si sufre un estado de invalidez total o permanente a consecuencia de un accidente en los primeros 15 días siguientes a su ocurrencia.
  • Renta Diaria por Hospitalización a Causa de Accidente: Si el asegurado es hospitalizado a causa de un accidente dentro de los primeros 15 días siguientes de su ocurrencia, se le pagará la suma asegurada por cada día que esté hospitalizado, con un máximo de 10 días.
  • Fractura de Huesos: Apoyo económico para el asegurado, en caso de que sufra una fractura.
  • Quemaduras Graves: En cao de que el asegurado sufra quemaduras de 3er grado que afecte al menos el 20% de la superficie corporal o al menos el 20% de la superficie de la cara o la cabeza.
  • Anticipo por Enfermedad Terminal: En caso de que al asegurado se le diagnostique una enfermedad terminal se anticipará hasta el 50% de la suma asegurada.
Términos y condiciones
En caso de siniestro

REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS POR ACCIDENTE.

Descripción de la Cobertura. En caso de estar contratada expresamente esta cobertura, si como consecuencia directa de un Accidente cubierto y dentro de los diez (10) días siguientes a la ocurrencia del mismo, el Asegurado se viera precisado a someterse a tratamiento médico, intervención quirúrgica, a Hospitalizarse, o hacer uso de ambulancia, medicinas o estudios de laboratorio y de gabinete hasta el Gasto Usual, Razonable y Acostumbrado; la Compañía reembolsará, hasta la suma asegurada contratada, el monto de los Gastos Médicos Cubiertos, previa comprobación. Esta cobertura estará sujeta a la aplicación del Deducible estipulado en la Carátula de la Póliza y en el Certificado Individual.

INDEMNIZACIÓN POR PÉRDIDAS ORGÁNICAS INCLUYENDO LA VISTA.

Descripción de la Cobertura En caso de estar contratada expresamente esta cobertura, si como consecuencia directa de un Accidente y dentro de los noventa (90) días siguientes a la ocurrencia del mismo, el Asegurado sufre cualquiera de las pérdidas orgánicas especificadas en la Tabla de Indemnizaciones contratada por el Contratante, la Compañía pagará los siguientes porcentajes de la Suma Asegurada según la Escala señalada en la Carátula de Póliza y/o en el Certificado Individual

INDEMNIZACIÓN POR MUERTE ACCIDENTAL.

Descripción de la Cobertura En caso de estar contratada expresamente esta cobertura, la Compañía pagará a los Beneficiarios la Suma Asegurada indicada en el Certificado Individual correspondiente, en una o varias exhibiciones, si el Asegurado fallece como consecuencia directa e inmediata de un Accidente. Se entenderá como fallecimiento inmediato aquel que ocurra dentro de los 90 (noventa) días siguientes al Accidente.